Los principios cooperativos son una serie de lineamientos generales por los que se rigen las cooperativas y constituyen la base filosófica del movimiento cooperativo. Derivados de las normas que se pusieron a sí mismos los llamados Pioneros de Rochdale, actualmente la organización que mantiene estos principios es la Alianza Cooperativa Internacional (ACI).
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Principios cooperativos de los Pioneros de Rochdale
- Libre adhesión y libre retiro.
- Control democrático.
- Neutralidad política, radical y religiosa.
- Ventas al contado.
- Devolución de excedentes.
- Interés limitado sobre el capital.
- Educación continua.
Principios cooperativos de la ACI de 1966
- Adhesión voluntaria y abierta
- Control democrático
- Devolución limitada a la equidad
- Los superávits pertenecen a los miembros
- Educación para los miembros y el público en los principios cooperativos
- Cooperación entre cooperativas
Principios cooperativos de la ACI de 1995
- Adhesión voluntaria y abierta
- Gestión democrática por parte de los asociados
- Participación económica de los socios
- Autonomía e independencia
- Educación, formación e información
- Cooperación entre cooperativas
- Interés por la comunidad
PRIMER PRINCIPIO ADHESIÓN VOLUNTARIA Y ABIERTA
Las cooperativas son organizaciones voluntarias, abiertas a todas las personas capaces de utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades de ser socio, sin discriminación de sexo, social, racial, política o religiosa.
SEGUNDO PRINCIPIO: GESTIÓN DEMOCRÁTICA POR PARTE DE LOS SOCIOS
Las cooperativas son organizaciones gestionadas democráticamente por los socios, los cuales participan activamente en la fijación de sus políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar y gestionar las cooperativas son responsables ante los socios. En las cooperativas de primer grado, los socios tienen iguales derechos de voto (un socio, un voto), y las cooperativas de otros grados están también organizadas de forma democrática.
TERCER PRINCIPIO: PARTICIPACIÓN ECONÓMICA DE LOS SOCIOS
Los socios contribuyen equitativamente al capital de sus cooperativas y lo gestionan de forma democrática. Por lo menos parte de ese capital es normalmente propiedad común de la cooperativa. Los socios asignan excedentes a todos o alguno de los siguientes fines: el desarrollo de su cooperativa, establecimiento de reservas, el beneficio de los socios en función de su actividad cooperativizada, formación de los socios y otras actividades aprobadas por ellos mismos.
CUARTO PRINCIPIO: AUTONOMÍA E INDEPENDENCIA
Las sociedades cooperativas son organizaciones autónomas de autoayuda, gestionadas por sus socios. Si firman acuerdos con otras organizaciones, incluido gobiernos, o si consiguen capital de fuentes externas, lo hacen en términos que aseguren el control democrático por parte de sus socios y mantengan su autonomía cooperativa.
QUINTO PRINCIPIO: EDUCACIÓN, FORMACIÓN E INFORMACIÓN
Las cooperativas proporcionan educación y formación a los socios, a los representantes elegidos, a los directivos y a los empleados para que puedan contribuir de forma eficaz al desarrollo de sus cooperativas. Informan al gran público, especialmente a los jóvenes y a los líderes de opinión, de la naturaleza y beneficios de la cooperación.
SEXTO PRINCIPIO: COOPERACIÓN ENTRE COOPERATIVAS (INTERCOOPERACIÓN)
Las cooperativas sirven a sus socios lo más eficazmente posible y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando conjuntamente mediante estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
SÉPTIMO PRINCIPIO: INTERÉS POR LA COMUNIDAD
Las cooperativas trabajan para conseguir el desarrollo sostenible de sus comunidades mediante políticas aprobadas por sus socios.
Además de estos 7 Principios Cooperativos, este tipo de empresas se asientan sobre unos valores, los valores cooperativos. El siguiente vídeo nos muestra cuales son.